Sanciones por no dar de alta a los empleados en la Seguridad Social
No registrar a un trabajador en la Seguridad Social constituye una infracción laboral tipificada en el Real Decreto Legislativo 5/2000. Esta conducta puede considerarse una infracción grave o muy grave, con consecuencias económicas, legales e incluso penales para el empresario.
Tipos de infracción y cuantía de las multas
| Tipo de infracción | Sanción económica | Supuestos habituales |
|---|---|---|
| Infracción grave | 3.750 € – 10.000 € | No tramitar el alta en plazo o errores en afiliación |
| Infracción muy grave | Hasta 225.018 € | Reincidencia, fraude o vulneración deliberada de derechos |
- Cuando la Inspección detecta varios empleados sin alta, las sanciones se aplican de forma individual. Si cinco empleados carecen de alta, la multa se multiplica por cinco.
Alta retroactiva y pagos pendientes
La regularización no solo implica la multa. La empresa deberá asumir además:
- Cotizaciones impagadas desde el inicio real de la actividad laboral del trabajador
- Recargos por mora e intereses, que incrementan notablemente la deuda total con la Seguridad Social
Repercusiones legales y prácticas
El daño causado por estas prácticas va mucho más allá del aspecto económico:
- Las infracciones laborales generan desconfianza tanto en clientes como en potenciales trabajadores, afectando gravemente la imagen corporativa.
- Pérdida de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social
- Exclusión de subvenciones públicas e incluso de procesos de licitación pública
- Los trabajadores afectados pueden demandar el reconocimiento de la relación laboral, reclamar salarios no percibidos y solicitar el alta retroactiva
Riesgos penales para los empleadores
El Código Penal, en su artículo 311, considera delito la explotación laboral y el fraude en materia de Seguridad Social. Las consecuencias pueden incluir:
- Multas penales adicionales a las administrativas
- En casos graves, penas de prisión de 6 meses a 6 años para los responsables legales
- Supuestos más frecuentes: contratación de menores, trabajadores sin regularizar o reincidencia en omitir el alta
Impacto en la continuidad de la empresa
El conjunto de sanciones, reclamaciones e inhabilitaciones puede derivar en situaciones muy graves:
- Cierre temporal de actividades hasta regularizar la situación
- Cese definitivo del negocio en casos de insolvencia o imposibilidad de cumplir con las obligaciones legales
Cómo prevenir este tipo de sanciones
- 1Realizar auditorías laborales internas periódicas para asegurar que todos los trabajadores están correctamente dados de alta
- 2Contar con asesoría profesional especializada para cumplir con la normativa vigente y evitar errores costosos
- 3Revisar los contratos temporales y a tiempo parcial para evitar encubrimientos involuntarios
- 4Mantener actualizados los procesos de afiliación y cotización ante cualquier cambio en la plantilla
Casos habituales detectados por la Inspección
- Contrataciones temporales sin registro en la Seguridad Social
- Trabajadores a jornada parcial encubiertos como autónomos
- Omisiones en la actualización de contratos y afiliaciones
Las visitas sorpresa de la Inspección de Trabajo, así como las denuncias de los propios trabajadores, son las vías más comunes para descubrir estas irregularidades.
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