Reglamento VeriFactu 2026

¿Quiénes están obligados a cumplir con el Reglamento VeriFactu?

El Reglamento VeriFactu, aprobado mediante el Real Decreto 1007/2023, transformará los sistemas de facturación utilizados por autónomos, empresas y profesionales a partir de 2026. Te explicamos a quién aplica y qué debes hacer.

Este nuevo marco normativo exigirá el uso de software de facturación certificado que garantice la integridad, trazabilidad y conservación de los registros.

¿Qué es el Reglamento VeriFactu?

Define los requisitos técnicos que deberán cumplir los sistemas informáticos de facturación para garantizar la integridad y trazabilidad de cada registro emitido.

  • Empresas → entrada en vigor: 1 de enero de 2026
  • Autónomos → entrada en vigor: 1 de julio de 2026

¿A quién aplica?

Están obligados a cumplir con el Reglamento VeriFactu todos aquellos que realicen actividades económicas en territorio español:

  • 1Empresas y autónomos con actividad económica
  • 2Personas físicas con rendimientos de actividades económicas
  • 3Comunidades de bienes
  • 4Sociedades civiles
  • 5Establecimientos permanentes en España

¿Quién está exento?

⚠ Quedan fuera de la obligación
  • Contribuyentes en régimen de módulos sin obligación de facturar
  • Contribuyentes acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información)
  • Casos de autofacturación autorizada por la AEAT
  • Otros casos expresamente autorizados por la Agencia Tributaria

Excepciones territoriales

El Reglamento VeriFactu no se aplica en el País Vasco, donde rige el sistema propio TicketBAI, con requisitos técnicos equivalentes pero gestionado por las Haciendas Forales.

Consideraciones importantes

  • Solo aplica a operaciones derivadas de actividades económicas
  • No afecta a albaranes, recibos u otros documentos no considerados facturas
  • Es obligatorio el uso de software homologado por la AEAT

¿Tu software de facturación cumple con VeriFactu?

En Alafico te ayudamos a adaptarte a la nueva normativa antes de que lleguen los plazos. Primera consulta gratuita.

Hablar con un asesor →

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.

Menú